26-11-2014

Bonadío: críticas de Scioli y denuncia del kirchnerismo

El gobernador rechazó la “espectacularidad” del magistrado en el allanamiento del hotel del que la Presidenta es accionista. A su vez, el senador nacional del FPV, Marcelo Fuentes, denunció al juez por presunto enriquecimiento ilícito.

bonadioLa impronta K que busca imponer el gobernador Daniel Scioli a su discurso de campaña de cara  a las elecciones presidenciales cada vez es más fuerte: esta vez se sumó a las críticas que lanzaron desde el Frente Para la Victoria al juez federal Claudio Bonadío, quien ordenó un allanamiento a la sede de la sociedad Hotesur, donde Cristina Kirchner es accionista.

«Tiene que prevalecer la prudencia y la responsabilidad de cuestiones donde está de por medio la presidenta de la Nación», sostuvo el mandatario provincial, quien cuestionó la “espectacularidad del procedimiento encabezado por el magistrado.

«La propia Stolbizer hizo referencia que se trataba de una cuestión administrativa por eso fue un despropósito llevar adelante un allanamiento con esa espectacularidad», sostuvo Scioli, quien agregó que “se desliga todo un accionar y a los pocos días de producirse vemos la esencia de lo que era esa cuestión”.

Por otro lado, desde el kirchnerismo contraatacaron y presentaron una denuncia contra Bonadío por presunto enriquecimiento ilícito. El senador Marcelo Fuentes presentó en los tribunales de Comodoro Py la acusación, que incluye lavado de dinero, abuso de autoridad e incumplimiento de los deberes de funcionario público.

Para el legislador, el juez tendría una participación accionaria del 20 por ciento en la firma “Mansue S.A.”, dedicada a la venta de combustible. “Sugestivamente, el accionista mayoritario es un familiar directo suyo, Carlos Alberto Bonadio, quien posee el 40 por ciento de la empresa, junto a Fernando y Alejandro Climent que completan el paquete accionario con un 20 por ciento cada uno”, señaló Fuentes.

En su denuncia, el senador explicó que Bonadío no podría formar parte de esa sociedad ya que el reglamento para la Justicia Nacional no le permite a los magistrados ejercer el comercio o actividad lucrativa alguna sin autorización de la autoridad de superintendencia, en este caso la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal.