04-01-2017

Una buena: Vidal vetó cambios a la ley de nocturnidad

La Gobernadora volteó la iniciativa que promovió un senador del PJ, que permitía la presencia simultánea de menores y mayores en boliches bailables de municipios de hasta 30 mil habitantes.

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Vidal saluda a los obreros que trabajan en las obras de saneamiento del arroyo Galíndez, en Lomás de Zamora y Lanús.

Una decisión colmada de sentido común, que da marcha atrás a los cambios introducidos por la Legislatura bonaerense a la llamada ley de nocturnidad, que permitía la concurrencia simultánea de menores y mayores de edad a boliches bailables en localidades bonaerenses con menos de 30.000 habitantes, adoptó la gobernadora María Eugenia Vidal.

Vidal recorrió hoy las obras de saneamiento y desobstrucción del arroyo entubado Galíndez, en el tramo que comprende las localidades bonaerenses de Lanús Oeste, Banfield y Temperley.

Acompañada por el subsecretario de Infraestructura Hidráulica de la Provincia, Rodrigo Silvosa, y los intendentes de Lanús, Néstor Grindetti, y de Lomas de Zamora, Martín Insaurralde, Vidal supervisó las tareas destinadas a remover la acumulación de desechos sólidos que obstruían el flujo de agua y provocaba crecidas y desbordes al producirse fuertes precipitaciones.

Mientras Vidal recorría el Conurbano, trascendió el decreto de veto a los cambios en la ley de nocturnidad, que fue publicado hoy en el Boletín Oficial bonaerense y se fundamentó en la Constitución provincial y en los derechos del niño.

En su artículo 1, el decreto 2.101 señala la decisión de “vetar el proyecto de ley sancionado por la Honorable Legislatura” y en el apartado 2 insta a “devolver a la Honorable Legislatura la iniciativa mencionada”.

El decreto señala también “que el artículo 36 de la Constitución Provincial dispone que todo niño tiene derecho a la protección y formación integral, al cuidado preventivo y supletorio del Estado en situaciones de desamparo y a la asistencia tutelar y jurídica en todos los casos”.

Además, considera que “la Convención sobre los Derechos del Niño entiende por niño a todo ser humano menor de dieciocho años de edad y establece en su artículo 3° que 1. En todas las medidas concernientes a los niños que tomen las instituciones públicas o privadas de bienestar social, los tribunales, las autoridades administrativas o los órganos legislativos, una consideración primordial a que se atenderá será el interés superior del niño. 2. Los estados partes se comprometen a asegurar al niño la protección y el cuidado que sean necesarios para su bienestar, teniendo en cuenta los derechos y deberes de sus padres, tutores u otras personas responsables de él ante la ley y, con ese fin, tomarán todas las medidas legislativas y administrativas adecuadas…`”.

El decreto sostiene más adelante que “resultan contradictorios los fundamentos del proyecto y la modificación exclusiva del artículo 9° respecto de los municipios de menos de treinta mil habitantes, siendo que el ejercicio de los derechos de los jóvenes no puede estar sujeto a su lugar de residencia ni a la cantidad de habitantes del lugar”.

La norma había sido aprobada en la Legislatura bonaerense y contaba con el apoyo y respaldo de varios intendentes, muchos de ellos pertenecientes a Cambiemos, aunque desde varios sectores había despertado polémica.

En esa línea, desde el Comité Argentino de Seguimiento de la Convención Internacional de los Derechos del Niño (Casacidn) dijeron al aprobarse que no estaban de acuerdo, ya que»no se trata de prohibir o favorecer, sino de trabajar la prevención del consumo de alcohol y drogas».

La ley, que había sido impulsado por el senador del PJ Patricio García y disponía la creación de un marco de excepcionalidad para municipios pequeños, quienes tendrían la potestad de regular por sí mismos sobre la permanencia de los menores en los locales bailables.