01-05-2018

Trabajo y derechos humanos

Por Marcelo Honores (*) – Columna de su perfil de Facebook

Marcelo Honores, Defensor del Pueblo Adjunto en Derechos Humanos y Usuarios de Servicios de Salud de la Provincia.Cada 1º de mayo se celebra, tanto en Argentina como en otros países del mundo, el día internacional de las personas trabajadoras. La fecha evoca la tragedia ocurrida en 1886 en donde un grupo de obreros de Chicago fue ejecutado por su participación en distintas huelgas reclamando una jornada limitada de trabajo de 8 horas.

La historia de las luchas sociales, como en general la de los derechos humanos, no siempre expone desarrollos lineales y progresivos a lo largo del tiempo, y en ocasiones los avances conquistados se han visto opacados por momentos de estancamiento e incluso de retrocesos. Las condiciones laborales actuales son mejores que las del siglo XIX, pero ello no significa que sean satisfactorias para toda la población.

Según datos recientes de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), entre 1997 y 2017 la tasa mundial de participación juvenil en el mercado laboral ha disminuido considerablemente, pasando del 55 por ciento al 45,7. Se estima que actualmente 70,9 millones de jóvenes están desempleados a nivel global, el 76.9 por ciento trabaja en empleos informales y el 21.8 por ciento de la proporción universal juvenil no está empleada, no cursa estudios ni recibe capacitaciones.

En el caso de la mujer, tiene más probabilidades que el hombre de estar desempleada, en todos los grupos de edad. Según un informe del Foro Económico Mundial de 2017, al ritmo actual, se requieren 217 años para eliminar la brecha de género que existe en este campo. Entre otros aspectos, se manifiesta por la falta de paridad en los salarios y en la desproporción que existe en el acceso a cargos directivos.

Otros grupos merecen también particular atención, entre ellos, las personas con discapacidad, las adultas mayores y las migrantes. Una de las obligaciones inmediatas que tienen los Estados, es adoptar medidas específicas en materia laboral para su protección.

En definitiva, toda política pública, toda norma y toda sentencia judicial de un Estado debe abordar el derecho laboral con perspectiva de derechos humanos. Y los países tienen la obligación de comprometerse en el diseño de políticas adecuadas de empleo: no solo porque el trabajo es en sí mismo un derecho humano sino porque, además, es uno de los modos más efectivos para generar condiciones de plena satisfacción de los restantes derechos.

(*) Defensor del Pueblo Adjunto en Derechos Humanos y Salud de la provincia de Buenos Aires.