07-09-2016

La Defensoría le contestó a la Corte por el fallo del tarifazo de la luz

El secretario general, Marcelo Honores, dijo que seguirá con “la defensa de los derechos de los bonaerenses” como le pidió la Legislatura al ponerlo en funciones.

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El secretario General a cargo de la Defensoría del Pueblo de la Provincia, Marcelo Honores.

Después de recibir el duro golpe que significó el fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, que le restó legitimidad a la Defensoría del Pueblo, para ejercer la representación colectiva de los bonaerenses en la causa por el tarifazo de la luz, el secretario General a cargo de esa organización, Marcelo Honores, salió a explicar su posición sobre el dictamen del máximo tribunal y anunció que “continuará el ejercicio de las competencias” que le asignó la Legislatura al ponerlo en funciones, esto es “la defensa de los derechos de los habitantes de la Provincia”.

La Defensoría argumenta que la designación de Honores fue adoptada por la Legislatura “en el marco de su competencia y en ejercicio de las facultades que le son propias, sin recibir cuestionamiento administrativo ni judicial alguno”.

En esa línea, un comunicado institucional de esa organización recuerda que mediante el acta N° 12/15, la Comisión Bicameral Permanente del Defensor del Pueblo expresó que era “imprescindible adoptar las medidas conducentes a los efectos de evitar la situación de acefalía de la institución, garantizando la continuidad de sus funciones”.

Asimismo, la declaración avanza sobre la necesidad que marcaba la Comisión – allá por febrero de 2014, cuando Carlos Bonicatto finalizaba su mandato como ombudsman bonaerense- de “darle previsibilidad a los actos del Defensor del Pueblo, hasta que se culmine con el procedimiento de selección y designación del titular del organismo”, lo que fuera aprobado por “unanimidad de los miembros presentes”.

El comunicado institucional de la Defensoría sostiene que la decisión de la Bicameral “implica necesariamente la continuidad operativa” de la institución “para garantizar la defensa de los derechos de los habitantes” de la Provincia.

En consonancia, sostiene finalmente que “en virtud de dicho mandato, la Defensoría del Pueblo continuará el ejercicio de las competencias que le han sido formalmente asignadas, cumpliendo las obligaciones establecidas en el artículo 55 de la Constitución provincial”.