30-03-2021

La Justicia electoral rechazó la presentación de Posse

Duro traspié del intendente de San Isidro. El juez Ramos Padilla descartó por “improcedente, infundada e inadmisible” la presentación de los apoderados de la lista “Protagonismo Radical”.

Alejo Ramos PadillaEn un nuevo capítulo de la comedia de enredos en que se convirtió la interna del radicalismo bonaerense, el juez federal con competencia electoral en la Provincia, Alejo Ramos Padilla, decidió “rechazar por improcedente e infundada” la acción que promovió el sector que representa al intendente de San Isidro, Gustavo Posse, en contra de la junta electoral partidaria que consagró ganador a su rival, el diputado marplatense, Maximiliano Abad.

En efecto, en un fallo de 17 páginas que incluye 3 escuetos puntos resolutivos, Ramos Padilla  también rechazó por “improcedente” la medida cautelar de no innovar” requerida por los apoderados de la Lista 14 “Protagonismo Radical”, Claudio Kilanowski y Germán Campidoglio, con el patrocinio letrado de Anselmo Oneto, y consideró “inadmisibles” los documentos incorporados a la causa como “hechos nuevos”.

En los fundamentos de su rechazo, el magistrado sostiene que “la exigencia de agotar la instancia partidaria constituye un requisito de cumplimiento ineludible para que la Justicia Electoral quede habilitada para resolver la cuestión traída a su conocimiento”, y en ese contexto sentenció que “la presente acción judicial resulta prematura e improcedente”.

Con respecto a la medida cautelar, que apuntaba a frenar el reconocimiento de Abad como ganador de la elección, Ramos Padilla entiende en su fallo que el pedido “solo se sustenta en un relato de supuestos hechos acontecidos sin respaldo documental, ni invocación de derecho alguno conculcado”, añade que es “una mera enumeración y descripción de distintas resoluciones de la junta electoral”, y concluye que no se prueba la “existencia de irregularidades”.

En ese contexto, descarta de plano “la intervención judicial del órgano electoral partidario”, y considera que es “improcedente la medida cautelar de no innovar requerida”,  porque “no se acredita siquiera haber agotado las instancias previstas por el propio reglamento electoral y la normativa electoral…”.

LA PRESENTACIÓN.- A casi diez días de celebrada la interna, el sector de Posse sigue sin reconocer el resultado del comicio. En ese marco, impugnó el acto ante la Justicia y requirió una medida cautelar capaz de impedir lo que en la práctica ya es un hecho: la asunción de la presidencia del Comité Provincia del titular del bloque de Juntos por el Cambio en la Legislatura.

Los apoderados de “Protagonismo Radical” le pidieron a Ramos Padilla la “intervención” del organismo partidario que fiscalizó los comicios bajo el argumento de “parcialidad manifiesta”, al “proclamar el triunfo de Abad sin contar los votos”.

La demanda apuntó contra el accionar de tres miembros de la Junta Electoral: Federico Carozzi (presidente), José Fernández (secretario) y Lucía Gómez (vocal), a quienes cuestionó el “proceso de escrutinio” el día de las elecciones y la “posterior proclamación del supuesto vencedor, Maximiliano Abad, sin haber terminado el recuento”, y subrayó que al día de hoy “no hay resultados provisionales que provengan de actas originales”.

En esa línea, la denuncia del possismo advirtió sobre “la posibilidad de la comisión de un delito de orden electoral y de acción pública”, y solicitó al juzgado “se investigue el accionar de Carozzi, Fernández y Gómez”.

En concreto, los apoderados de la Lista 14 le pidieron al Juez que dicte una medida de no innovar, que “impida” a la Junta Electoral proclamar oficialmente un ganador “hasta tanto no se cotejen uno por uno todos los certificados de escrutinio provisional” emitidos por las estructuras de fiscalización locales y, de ser necesario, se ordene la apertura de las urnas en donde existan “fundadas sospechas de violación de la voluntad del elector”.